por amnistia y derechos fundamentales

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martes, 3 de abril de 2012

HABEAS CORPUS CORRECTIVO PRESENTADO POR LA PROF ELENA YPARRAGUIRRE

(Transcripción del Habeas Corpus Correctivo)


HABEAS CORPUS CORRECTIVO

SEÑOR JUEZ PENAL DE TURNO DE LIMA:

ELENA YPARRAGUIRRE REVOREDO, interna recluida en el Establecimiento Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos sentenciada por el llamado delito de terrorismo, a Ud. respetuosamente digo:

Que, interpongo demanda de PROCESO DE HABEAS CORPUS CORRECTIVO a favor de los derechos constitucionales de mi esposo ABIMAEL GUZMÁN REINOSO, sentenciado por el llamado delito de terrorismo el mismo que se encuentra actualmente recluido en el Establecimiento Penal Militar de la Base Naval del Callao.

La presente demanda va dirigida contra el Señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos JUAN JIMENEZ MAYOR a quien se notificará en la sede ministerial donde actualmente desempeña sus funciones y que está ubicada en esta ciudad Capital.

FUNDAMENTO DE HECHO Y DE DERECHO:

Que, mi esposo ABIMAEL GUZMÁN REINOSO se encuentra privado de su libertad desde hace casi 20 años en condiciones de aislamiento absoluto que flagrantemente violan todos los días sus derechos fundamentales, pues se le niega la visita familiar y restringe la visita de sus abogados y el ingreso de material de lectura, sin considerar que es una persona de 77 años de edad y que actualmente adolece de graves problemas de salud por lo que necesita siquiera un mínimo de ayuda y atención para su normal desenvolvimiento.

El Penal Militar donde actualmente se encuentra arbitrariamente recluido no tiene base legal, pues, el D.L. 27444 que los sustentaba ha sido derogado y además no le corresponde por ser un ciudadano civil, máxime si en la sentencia que se le impuso en el año 2006 el Poder Judicial dispuso que mi esposo se trasladado a un Penal común administrado por el INPE, mandato que hasta ahora no se cumple.

Que, el día de hoy he tomado conocimiento que el Ministerio de Justicia ha dispuesto el traslado de cuatro internos que también se encontraban recluidos en el mismo penal en que está mi esposo, hacía el Penal de Piedras Gordas. De esto modo, la situación de aislamiento absoluto en que se encuentra mi esposo se profundiza y agrava más aún, pues, ya no podrá tener siquiera el mínimo de relación social que tenía con los otros internos que han sido trasladados. El no haber trasladado a mi esposo a un Penal común como se ha hecho con los otros internos constituye un claro acto de discriminación por razones políticas y que apunta a someterlo a un mayor aislamiento que pone en serio riesgo su integridad física y que buscaría su aniquilamiento.
POR TANTO:

A Ud. Señor Juez solicito se sirva constituirse al Penal Militar donde se encuentra recluido mi esposo y disponer el cese de la violación de sus derechos constitucionales, disponiendo, en resguardo de su vida se le practique un EXAMEN MÉDICO LEGAL.



Chorrillos, 02 de abril de 2012

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