por amnistia y derechos fundamentales

por amnistia y derechos fundamentales

jueves, 10 de abril de 2014

¡SOLUCIÓN POLÍTICA, AMNISTÍA GENERAL Y RECONCILIACIÓN NACIONAL!

Difundimos el pronunciamiento del Comité Internacional de los derechos fundamentales y del pueblo y por la libertad de los prisioneros de guerra, políticos y luchadores sociales del mundo,  por ser de interés nacional y contribuye al pueblo y la nación peruana. 
Saludamos la sentencia de habeas corpus de la quinta sala penal de Lima donde se ordena el traslado de varios prisioneros políticos a un penal civil como parte de garantizar sus derechos fundamentales. Asimismo, exigimos el cierre del penal militar de la base naval por ser inconstitucional e ilegal seguir manteniendo bajo crueles condiciones a prisioneros políticos cuando la propia marina de guerra ha mencionado que ya no existen las condiones fácticas por las cuales se construyó. En ese mismo lugar, se encuentra también el Dr. Abimael Guzmán Reinoso, manteniéndolo en aislamiento absoluto. 
Así pues, el Comité Contra la Tortura de la ONU en su sesión 49 llevada a cabo en el 2012 ha resuelto que " En particular, el Comité expresa su preocupación por las condiciones en la prisión de alta seguridad en la base naval de El Callao con el confinamiento solitario prolongado, el aislamiento sensorial, la prohibición de comunicarse y media hora de visitas familiares una vez al mes..."   
Nos solidarizamos con la lucha de los prisioneros políticos y luchadores socialesen el Perú y el mundo. Reafirmándonos una vez más en la necesidad de una solución política que nos lleve a una reconciliación nacional que el país demanda.

¡AMNISTÍA GENERAL PARA CIVILES, POLICÍAS Y MILITARES!
¡CIERRE DEL PENAL MILITAR DE LA BASE NAVAL DEL CALLAO!
¡SOLUCIÓN POLÍTICA, AMNISTÍA GENERAL Y RECONCILIACIÓN NACIONAL!  


COMITÉ INTERNACIONAL POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DEL PUEBLO Y POR LA LIBERTAD DE LOS PRISIONEROS DE GUERRA, POLITICOS Y LUCHADORES SOCIALES DEL MUNDO
¡A LOS PUEBLOS DEL MUNDO!
PRONUNCIAMIENTO

SALUDAMOS Y RESPALDAMOS LA SENTENCIA DE HABEAS CORPUS DE LA QUINTA SALA PENAL DE LIMA-PERÚ

El Comité Internacional Por La Defensa De Los Derechos Fundamentales y Del Pueblo y Por La Libertad De Los Prisioneros De Guerra, Políticos y Luchadores Sociales Del Mundo, constituido en Lima-Perú el 22 de noviembre de 2013 saluda y respalda la sentencia de la Quinta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima que con fecha 17 de enero del año en curso declaró FUNDADA la demanda de Habeas Corpus presentada por los prisioneros políticos Peter Cárdenas Schulte, Víctor Polay Campos, Óscar RamÍrez Durand y Miguel Rincón Rincón  en la que ordena sean trasladados a un Penal  para civiles que garantice sus derechos fundamentales.
Esta sentencia constituye un avance dentro de la tendencia del respeto a los derechos fundamentales de los presos políticos que se viene expresando en el mundo y que tiene como antecedente reciente la sentencia emitida por la Gran Sala de la Corte Europea de Derechos Humanos el día 21 de octubre de 2013 en Estrasburgo, caso Del Río Prada vs España relacionada a los presos políticos VASCOS. Además está el hecho que, ante la presión internacional, EEUU tenga que considerar la posibilidad de liberar algunos prisioneros y discutir internamente el probable cierre de la cárcel de Guantánamo que tiene en la isla de Cuba.
Con esta sentencia la Quinta Sala Penal de Lima-Perú ha reiterado lo ordenado en sendas resoluciones por la Corte Suprema de Justicia del Perú, que datan desde el año 2006 para que los presos políticos recluidos en el Penal Militar de la Base Naval del Callao-Perú sean trasladados a un penal para civiles. Mandato judicial que hasta ahora el Estado Peruano se ha negado a cumplir. Pero lo principal de este fallo es que ordena al INPE, la institución encargada de los penales en el Perú, garantice los derechos fundamentales de los internos. Además, en dicha sentencia la Quinta Sala Penal expresamente reconoce que en el Perú a los presos políticos procesados o sentenciados por el llamado delito de terrorismo “…se les ha aplicado un derecho penal de “no personas”, conocido como derecho penal del enemigo…”, lo cual rechazamos y denunciamos. Asimismo esta Sala Penal, recogiendo la resolución de Estrasburgo ha establecido: “… que en lo que respecta a los beneficios penitenciarios por estudio y trabajo, resultará de aplicación la norma vigente al momento del hecho…”  lo que quiere decir que las normas que prohíben beneficios penitenciarios no podrán aplicarse retroactivamente, como ocurre hasta ahora en el Perú.
La expedición de esta sentencia que consideramos ajustada a derecho, sin embargo ha merecido el rechazo por parte de algunas autoridades del Perú, como el Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación, el Defensor del Pueblo y el Presidente del INPE  cuyas funciones, precisamente son velar por el respeto de los derechos fundamentales de todo preso.
Cuestionan la sentencia de la Quinta Sala Penal arguyendo que los jueces no pueden ordenar el traslado de presos sino sólo requerir por la mejora de las condiciones en que se encuentran, desconociendo que el Código Procesal Constitucional aprobado por la Ley  N° 28237 y que norma las acciones de Habeas Corpus, en el inciso 2° del artículo 34°, expresamente faculta alternativamente para que el  juez  si lo considera ordene el cambio de establecimiento penal.
Por otro lado, el Estado peruano ha interpuesto recurso de agravio para que dicha sentencia sea revisada por el Tribunal Constitucional. Consideramos que debe ser rechazado, pues la propia Ley en mención en su artículo 18° permite dicho recurso sólo cuando la demanda es declarada improcedente o infundada, contrario sensu cuando es declarada fundada, como es en el presente caso, no procede recurso alguno. En consecuencia la sentencia expedida constituye cosa juzgada y sienta jurisprudencia a favor del respeto de los derechos fundamentales de los presos políticos.
En el  Penal de la Base Naval del Callao en el Perú, también se encuentra recluido con negación de todos sus derechos y en aislamiento absoluto  desde hace más de veinte años, Abimael Guzmán Reinoso de 79 años de edad, jefe del Partido Comunista del Perú, condenado a cadena perpetua por haber dirigido la guerra popular iniciada en Perú el 17 de mayo de 1980. En cuanto a las condiciones en las que se encuentra él y los demás presos políticos, destacamos que el Comité Contra La Tortura de la ONU en su 49 sesión realizada del 29 de octubre al 23 de noviembre de 2012 ha resuelto que: “En particular, el Comité expresa su preocupación por las condiciones en la prisión de alta seguridad en la base naval de El Callao con el confinamiento solitario prolongado, el aislamiento sensorial, la prohibición de comunicarse y media hora de las visitas familiares una vez al mes…”
Por estas consideraciones demandamos al Estado Peruano el cierre del penal militar de la base naval, máxime si la propia Marina de Guerra del Perú desde el año 2005 sostiene que las condiciones fácticas que motivaron su construcción han desaparecido. Se refieren pues, al término de la guerra popular producida con la detención de Abimael Guzmán Reinoso hace casi 22 años. Ya no existe guerra interna, por tanto no hay razón para que el Estado Peruano mantenga presos civiles en un penal militar, ni tampoco hay razón para el mantenimiento de una legislación antiterrorista que fue usada como arma de guerra contrasubversiva y que absurdamente sigue vigente cuando ya no hay guerra interna y que constituye la introducción del derecho penal del enemigo en el ordenamiento jurídico peruano.
Estamos convencidos que el Estado, la nación y toda la sociedad peruana necesitan ingresar a un proceso de reconciliación nacional sobre la base de una amnistía general que solucione políticamente los problemas derivados de la guerra interna vivida en el Perú, ¡iniciada hace 34 años y concluida hace 22!
Expresamos nuestra solidaridad con todos los prisioneros de guerra, políticos y luchadores sociales del mundo,  y exigimos la libertad del Doctor Abimael Guzmán Reinoso, Jefe del Partido Comunista del Perú, del dirigente y jefe de la lucha del pueblo kurdo por la defensa de su nación , el compañero Abdullah Occalam, del compañero Víctor Polay Campos, jefe del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, de los presos políticos cubanos en Miami, de los musulmanes anónimos presos en la isla de Guantánamo por luchar contra el Imperialismo y de los consultores de paz recientemente detenidos del Frente Democrático Nacional de Filipinas: Benito y Wilma Austria Tiamzon.
Reclamamos  la libertad de los 600 prisioneros y prisioneras vascos encarcelados por la Justicia Española, alojados en cárceles españolas muy lejos de su país Euskal Herría, y repudiamos la doctrina del tristemente célebre Juez Garzón avalando las detenciones ilegales y torturas con la excusa de que “todo es ETA”.-
Exigimos la libertad de los presos políticos hermanos latinoamericanos. Libertad inmediata de Osmán Morote y Margot Liendo, presos políticos del Perú que en junio de 2013 cumplieron su condena de 25 años de cárcel y aún no son liberados recurriendo a fraguar nuevos juicios para impedir su libertad. No puede haber prisioneros en Colombia mientras se desarrollan conversaciones de paz.   Es inadmisible aceptar como imparciales las justicias de Chile o de Paraguay donde son encarcelados pueblos originarios o campesinos que se organizan y luchan por sus derechos. En particular repudiamos la injerencia de asesores militares norteamericanos y colombianos en Paraguay y exigimos se pongan fin a los asesinatos de líderes campesinos.
No admitimos que haya presos políticos en Argentina como los insurrectos de Córdoba condenados a severas penas, los dos dirigentes Fernando Esteche y Raul Lescano injustamente perseguidos y encarcelados por un Gobierno que se dice defensor de los Derechos Humanos y que ha impulsado la condena a cadena perpetua a los trabajadores petroleros de Las Heras en la Patagonia, y que mantiene criminalizados y procesados a mas de cinco mil ciudadanos por hechos de reclamos políticos, sindicales o sociales.-  Exigimos que el Gobierno Argentino ponga fin a la persecución política y extradición de luchadores latinoamericanos en su territorio y cese las persecuciones a los compañeros peruanos Juan Manuel Carranza Laurente, Rolando Echarri y libere al compañero Oswaldo Quispe.
Por último llamamos a todos los pueblos y organizaciones democráticas a participar activamente en las actividades por el Día Internacional del Preso Político a conmemorarse este próximo 17 de abril.  

¡Exigimos la libertad de los prisioneros de guerra, políticos y luchadores sociales 
de todo el mundo¡
¡Exigimos el cierre inmediato del Penal Militar de la Base Naval en el Perú!
¡Exigimos respeto a los derechos fundamentales y del pueblo¡ 

                                                 Lima-Perú, 01 de abril de 2014

        CARL PETER ERLINDER               ALFREDO CRESPO BRAGAYRAC
                     Presidente                                           Vicepresidente
              Abogado de EEUU                                  Abogado de Perú


        OLALIA EDRE URBANO                             EDUARDO SOARES
Secretario de Prensa y Propaganda             Secretario de Actas y Archivo
          Abogado de Filipinas                                Abogado de Argentina

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